“Por la cual se modifica la Resolución 909 del 5 de junio de 2008”
“Artículo 3. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente resolución,
se establecen para todas las actividades industriales, los equipos de combustión
externa, los motores de combustión interna con capacidad igual o superior a 1 MW
en actividades industriales, instalaciones de incineración y hornos crematorios.
En lo relacionado con el control de emisiones molestas, aplica además a todos los
establecimientos de comercio y de servicio.”
se establecen para todas las actividades industriales, los equipos de combustión
externa, los motores de combustión interna con capacidad igual o superior a 1 MW
en actividades industriales, instalaciones de incineración y hornos crematorios.
En lo relacionado con el control de emisiones molestas, aplica además a todos los
establecimientos de comercio y de servicio.”
"Por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones."
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